Consejero de Seguridad (ADR)
Designación externa y asesoramiento integral para empresas que intervienen en el transporte por carretera de mercancías peligrosas. Cumplimiento de la normativa ADR, control documental, prevención del riesgo sancionador y acompañamiento continuo desde Sevilla y Madrid para toda España.
Un consejero de seguridad externo, a disposición de su empresa
La normativa ADR obliga a numerosas empresas que cargan, transportan, envasan o descargan mercancías peligrosas a contar con un consejero de seguridad que vele por el cumplimiento de las obligaciones aplicables y por la prevención de los riesgos para las personas, los bienes y el medio ambiente.
Asumimos esa función en régimen externo, integrando el asesoramiento jurídico del despacho con el seguimiento técnico y documental que exige la actividad. Damos cobertura estable a la empresa, elaboramos el informe anual del consejero de seguridad y defendemos sus intereses cuando aparece un expediente sancionador.
- Designación como consejero de seguridad externo.
- Elaboración del informe anual obligatorio.
- Asesoramiento en el régimen sancionador ADR y APQ.
- Obligaciones documentales y su control.
- Formación del personal implicado.
- Análisis de incidentes y accidentes.
¿Quién está obligado?
La obligación de designar consejero de seguridad alcanza a las empresas que intervienen en distintas fases del transporte de mercancías peligrosas por carretera. Con carácter general, deben valorar su situación:
Cargadores
Empresas que entregan mercancías peligrosas para su transporte y organizan la operación de carga.
Transportistas
Empresas de transporte por carretera que trasladan mercancías peligrosas sujetas a la normativa ADR.
Envasadores
Empresas que acondicionan y envasan las mercancías peligrosas para su expedición.
Descargadores
Empresas que reciben y descargan mercancías peligrosas en sus instalaciones.
Gas y combustibles
Distribuidoras y operadoras que manejan gases y productos combustibles bajo régimen ADR.
Industria química
Empresas químicas cuyos productos requieren transporte y almacenamiento sujetos a ADR y APQ.
Cómo trabajamos
Un método ordenado, con hitos claros y responsabilidades definidas, que da a la empresa la tranquilidad de un cumplimiento continuado a lo largo del año.
Diagnóstico
Analizamos la actividad de la empresa, las mercancías implicadas y su situación documental para determinar el alcance de las obligaciones ADR.
Designación
Formalizamos la designación del consejero de seguridad y comunicamos la función ante la organización, con las responsabilidades bien delimitadas.
Implantación y seguimiento
Revisamos procedimientos, obligaciones documentales y formación del personal, con un seguimiento periódico y atención ante cualquier incidencia.
Informe anual
Elaboramos el informe anual del consejero de seguridad y dejamos preparada a la empresa para el ejercicio siguiente.
Un servicio jurídico y técnico
Trabajamos dentro del marco de la normativa ADR y del régimen de transporte de mercancías peligrosas por carretera (RD 97/2014), en coordinación con las exigencias del almacenamiento de productos químicos (APQ). Si quiere conocer el detalle de esta obligación, lea nuestra guía sobre el informe anual del consejero de seguridad ADR. Cuando surge un expediente sancionador, la empresa cuenta con la defensa del despacho desde el primer momento, con conocimiento tanto del expediente como de la actividad que lo origina.
¿Su empresa necesita un consejero de seguridad?
Le ayudamos a valorar su situación y a poner en marcha el servicio con garantías. Cuéntenos su actividad y le orientamos sin compromiso.